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Real Decreto Vigente 3 redacciones

Artículo 14. Subdirecciones Generales y otros órganos.

Artículo 14 del Real Decreto 375/2001, de 6 de abril, por el que se aprueba el Estatuto del Instituto de Salud "Carlos III". · BOE-A-2001-8157

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2009-11-18.

Texto consolidado

1. Como órganos responsables inmediatos dependientes del Director, en las competencias que se les asignan, se determinan las siguientes unidades con nivel orgánico de subdirección general:

a) La Secretaría General.

b) La Subdirección General de Servicios Aplicados, Formación e Investigación.

c) La Subdirección General de Evaluación y Fomento de la Investigación.

d) La Subdirección General de Redes y Centros de Investigación Cooperativa.

e) La Subdirección General de Investigación en Terapia Celular y Medicina Regenerativa.

f) La Subdirección General de Programas Internacionales de Investigación y Relaciones Institucionales.

2. Del Director dependerán con el nivel orgánico que se determine en la relación de puestos de trabajo, la Unidad de Calidad y Planificación cuya función es coordinar a los distintos centros y unidades del Instituto en las actividades de evaluación para promover su acreditación y promocionar una cultura de calidad de los servicios, y la Unidad de Apoyo que prestará asesoramiento y asistencia directa al Director.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2009-11-18.

Redacciones de este artículo

Este precepto ha tenido 3 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-2009-18289.

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