Artículo 14. Principio general.
Artículo 14 del Real Decreto 35/2010, de 15 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de ingreso y promoción y de ordenación de la enseñanza de formación en las Fuerzas Armadas. · BOE-A-2010-653
Atención: Real Decreto 35/2010 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
Para participar en los procesos de selección para el ingreso en los centros docentes militares de formación para incorporarse o adscribirse a las diferentes escalas de las Fuerzas Armadas deberán reunirse, y mantenerse hasta su conclusión, los requisitos generales y específicos que, para cada forma de ingreso y enseñanzas a cursar, se determinan en esta sección.
Quienes no reúnan o pierdan alguno de los aludidos requisitos serán excluidos del proceso de selección y anuladas todas sus actuaciones, perdiendo los derechos o expectativas derivados de su condición de aspirante o del hecho de haber superado el proceso selectivo.