Artículo 14. Ministerio de Cultura.
Artículo 14 del Real Decreto 1313/2010, de 20 de octubre, por el que se reestructuran los departamentos ministeriales. · BOE-A-2010-16023
Atención: Real Decreto 1313/2010 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
Corresponde al Ministerio de Cultura la preparación y ejecución de la política de promoción, protección y difusión del patrimonio histórico español, de los museos estatales y de las artes, del libro, la lectura y la creación literaria, de las actividades cinematográficas y audiovisuales y de los archivos y bibliotecas estatales, así como el impulso de las acciones de cooperación cultural y, en coordinación con el Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación, de las relaciones internacionales en materia de cultura.