El Vínculo El Vínculo.
Real Decreto Derogada

Artículo 14. Dirección General de Servicios.

Artículo 14 del Real Decreto 1130/2008, de 4 de julio, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino. · BOE-A-2008-11514

Atención: Real Decreto 1130/2008 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

1. Corresponden a la Dirección General de Servicios las siguientes funciones:

a) La preparación del anteproyecto del presupuesto, la coordinación de los proyectos de presupuestos de los Organismos autónomos, la tramitación de las modificaciones presupuestarias y la evaluación de los distintos programas de gastos.

b) La gestión, el seguimiento presupuestario y la verificación de las certificaciones emitidas por los órganos del departamento beneficiarios de las ayudas cofinanciadas por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional y el Fondo de Cohesión, sin perjuicio de las funciones de programación y gestión de los órganos directivos competentes.

c) La organización y gestión del secretariado de la Red de autoridades ambientales.

d) La ejecución de las obras y la administración, conservación, mantenimiento e inventario de los bienes muebles e inmuebles.

e) La dirección y organización del Registro Central del ministerio, de la unidad de actos públicos oficiales y de los demás servicios del departamento.

f) La gestión económica y financiera y la contratación administrativa.

g) La dirección y la gestión de los Recursos Humanos del departamento, así como la relación con las centrales sindicales y demás órganos de representación del personal.

h) La resolución de las reclamaciones administrativas previas a la vía laboral.

i) El ejercicio de las competencias del departamento en materia de acción social y formación, y la gestión de los programas de prevención de riesgos laborales en el trabajo.

j) La elaboración de propuestas, la ejecución de planes y la coordinación de las actuaciones del departamento en materia de tecnologías de la información y comunicaciones, así como el impulso y desarrollo de las directrices emanadas del Gobierno en materia de Administración electrónica.

2. De la Dirección General de Servicios dependen los siguientes órganos, con nivel orgánico de subdirección general:

a) La Oficina Presupuestaria, que ejerce las competencias indicadas en los párrafos a), b) y c) del apartado anterior.

b) La Subdirección General de Régimen Interior y Patrimonio, que ejerce las competencias indicadas en los párrafos d) y e) del apartado anterior.

c) La Subdirección General de Administración Financiera y Contratación, que ejerce las competencias indicadas en el párrafo f) del apartado anterior.

d) La Subdirección General de Recursos Humanos, que ejerce las competencias indicadas en los párrafos g), h) e i) del apartado anterior.

e) La Subdirección General de Sistemas Informáticos y Comunicaciones, que ejerce las competencias indicadas en el párrafo j) del apartado anterior.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2008-07-08.

Más artículos de Real Decreto 1130/2008

En El Vínculo puedes leer Real Decreto 1130/2008 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.