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Orden Vigencia agotada

Artículo 14. Elementos de protección, señalización e información sobre las condiciones de desescalada.

Artículo 14 de la Orden SND/388/2020, de 3 de mayo, por la que se establecen las condiciones para la apertura al público de determinados comercios y servicios, y la apertura de archivos, así como para la práctica del deporte profesional y federado. · BOE-A-2020-4793

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2020-05-04.

Texto consolidado

1. Los archivos deberán adecuar sus instalaciones para garantizar la protección tanto de los trabajadores como de los ciudadanos que accedan a los mismos.

2. Asimismo, deberán establecer la señalización necesaria en sus edificios e instalaciones, e informar a los ciudadanos a través de sus páginas web y redes sociales, y de las que correspondan en su caso a las Administraciones o entidades titulares o gestoras de los mismos.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2020-05-04.

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