Artículo 14. Órganos de apoyo.
Artículo 14 de la Orden PRE/266/2015, de 17 de febrero, por la que se establece el modelo y las normas reguladoras del Informe Personal de Calificación del Guardia Civil. · BOE-A-2015-1703
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2015-03-02.
Texto consolidado
A los efectos de esta orden ministerial, son considerados como órganos de apoyo:
a) El Servicio de Psicología, para asesorar sobre la definición de las competencias a valorar y dar orientaciones para una adecuada evaluación y calificación del personal.
b) El Servicio de Informática, para el diseño y desarrollo de la herramienta informática correspondiente que posibilite el normal funcionamiento del sistema general del IPECGUCI y su correcto mantenimiento, incluyendo las medidas de seguridad de la información necesarias, así como para la explotación de la información relevante contenida en el sistema.