Artículo 14. Aplicación de las normas civiles en el Ministerio de Defensa.
Artículo 14 de la Orden PRE/2507/2010, de 23 de septiembre, por la que se aprueba el Reglamento de Normalización Militar de Materiales. · BOE-A-2010-14846
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2010-09-29.
Texto consolidado
Las normas civiles existentes serán de aplicación al material de defensa siempre que convenga y, obligatoriamente, cuando así lo exija:
a) Una disposición de la Administración General del Estado,
b) Una norma militar española, o
c) Los pliegos de prescripciones técnicas.
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