Artículo 14. Renuncias y aplazamientos.
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2024-04-17.
Texto consolidado
1. Los aplazamientos y renuncias al curso se regirán por lo establecido en la normativa vigente de ordenación de la enseñanza en la Guardia Civil.
2. Las plazas que queden sin cubrir por motivos de renuncias o aplazamientos al curso se reasignarán a los que corresponda, según el orden resultante del concurso-oposición, y de acuerdo con el artículo 51.2 del Reglamento.
Más artículos de Orden PJC/325/2024
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