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Orden Derogada

Artículo 14. Expedición del diploma.

Artículo 14 de la Orden ITC/1791/2006, de 5 de junio, por la que se aprueba el Reglamento de uso del dominio público radioeléctrico por aficionados. · BOE-A-2006-10286

Atención: Orden ITC/1791/2006 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

Una vez superadas las pruebas correspondientes el interesado podrá solicitar el diploma de operador, adjuntando a su solicitud el justificante de abono de la tasa establecida al efecto en la Ley General de Telecomunicaciones

La AER expedirá el diploma de operador conjuntamente con el certificado HAREC conforme a lo previsto en la Recomendación CEPT T/R 61-02 y según el modelo que se inserta como Anexo II de este Reglamento.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2006-06-10.

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