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Orden Derogada

Artículo 14. División Económica y Técnica.

Artículo 14 de la Orden INT/28/2013, de 18 de enero, por la que se desarrolla la estructura orgánica y funciones de los Servicios Centrales y Periféricos de la Dirección General de la Policía. · BOE-A-2013-662

Atención: Orden INT/28/2013 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

Estará integrada por las siguientes unidades:

1. Secretaría General.

Le corresponde el apoyo y asistencia a la División, analiza y planifica sus líneas generales de actuación, y gestiona los asuntos relativos al régimen de personal y medios adscritos a la misma; gestiona la explotación de los medios aéreos, su control y mantenimiento, así como la coordinación, supervisión y control de las bases periféricas, sin perjuicio de la dependencia funcional de las mismas de las respectivas Jefaturas Superiores, Comisarías Provinciales o Comisarías Locales donde tengan su sede. Se responsabiliza además de las bases de datos propias de la División, así como del impulso de las actividades relacionadas con la investigación y desarrollo en las áreas de competencia de la División.

Su titular, como segundo Jefe de la División, sustituye al responsable de ésta en los casos de vacante, ausencia o enfermedad.

2. Jefatura de Sistemas Especiales.

Le corresponden las funciones de desarrollo y aplicación de equipos técnicos destinados a la investigación policial.

3. Unidad Económica.

Le corresponde la elaboración de la propuesta de presupuestos de la Dirección General de la Policía, la gestión administrativa de expedientes de contratación y de gasto, el análisis, seguimiento y control de la ejecución presupuestaria, así como la gestión financiera y de pagos. Asimismo, gestionará el gasto corriente en bienes y servicios de la Dirección General.

De la Unidad Económica dependen:

a) Área Financiera y Presupuestaria, con las funciones de elaboración técnica del presupuesto, la gestión financiera, contable y de pagos.

b) Área Medios Materiales, a la que corresponde gestionar el gasto corriente en bienes y servicios. Igualmente se encargará de la tramitación de los expedientes de contratación administrativa y de gastos, salvo los concernientes a gastos de personal.

4. Unidad Técnica.

Asume la dirección y coordinación en la adquisición, distribución, administración y gestión de los medios necesarios para el desarrollo de las actividades de la Dirección General.

De la Unidad Técnica dependen:

a) Área de Patrimonio y Arquitectura, con las funciones de programar, proyectar y dirigir las obras de construcción, reforma y actualización de los bienes inmuebles de la Dirección General de Policía, así como gestionar el inventario patrimonial de la misma.

b) Área de Automoción, con las funciones de programar, distribuir y gestionar los medios de automoción, la habilitación y especialización de los conductores, así como dar apoyo técnico-operativo al resto de unidades a través del Grupo Operativo de Intervenciones Técnicas.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2013-01-25.

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