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Orden Vigente

Artículo 14.

Artículo 14 de la Orden de 19 de julio de 1999 por la que se aprueba la Ordenanza para el Registro de Venta a Plazos de Bienes Muebles. · BOE-A-1999-15794

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1999-08-04.

Texto consolidado

1. Recibido un contrato inscribible, se procederá a extender en el Libro Diario un asiento de presentación, que contendrá las siguientes circunstancias:

1.ª Apellidos y nombre, o razón social, del presentante y de las partes intervinientes en el contrato.

2.ª Descripción sucinta del bien objeto del contrato.

3.ª Clase de contrato celebrado, lugar y fecha, así como el número de serie del impreso en su caso.

4.ª Número del asiento y su fecha.

2. El Libro Diario de presentación será de hojas móviles y se elaborará por procedimientos informáticos.

3. El asiento de presentación tendrá una vigencia de dos meses desde su fecha.

4. De la presentación se dará el correspondiente recibo al presentante.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1999-08-04.

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