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Ley Foral Vigente

Artículo 14. Reinserción profesional para los trabajadores autónomos.

Artículo 14 de la Ley Foral 12/2013, de 12 de marzo, de apoyo a los emprendedores y al trabajo autónomo en Navarra. · BOE-A-2013-3676

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2013-03-19.

Texto consolidado

1. Las políticas de reinserción profesional dirigidas a mejorar la empleabilidad, desarrolladas por el Gobierno de Navarra, tendrán en cuenta a las personas que hayan cesado en su actividad por circunstancias económicas.

2. A tal fin, el Servicio Navarro de Empleo, con la participación de los propios interesados, proporcionará:

a) Un itinerario personalizado de reinserción ocupacional. Este itinerario comprenderá, entre otras, medidas de formación destinadas a dotar a estas personas de una especialización en aquellas actividades relacionadas con su anterior actividad, o bien orientada a nuevos sectores que en uno u otro caso, presenten mayores posibilidades de empleo.

b) Medidas económicas destinadas a acompañar a las personas beneficiarias durante el desarrollo de este itinerario de reinserción profesional.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2013-03-19.

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