Artículo 14. Revisión de los actos de aplicación del canon.
Artículo 14 de la Ley 9/2011, de 21 de marzo, por la que se crean el canon eólico y el Fondo para el Desarrollo Tecnológico de las Energías Renovables y el Uso Racional de la Energía en Castilla-La Mancha. · BOE-A-2011-7842
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2011-04-01.
Texto consolidado
1. Los actos de aplicación de este tributo, así como los actos de imposición de sanciones tributarias, serán revisables con arreglo a las disposiciones contenidas en la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.
2. El conocimiento de las reclamaciones económico-administrativas corresponderá a los órganos económico-administrativos de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, sin perjuicio de la vía contencioso-administrativa.