Artículo 14. Infracciones leves.
Artículo 14 de la Ley 8/2020, de 16 de octubre, por la que se crea la reserva estratégica de productos sanitarios en Castilla-La Mancha. · BOE-A-2021-2848
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2020-11-15.
Texto consolidado
Son infracciones leves:
a) El incumplimiento por parte de los sujetos obligados a ello de sus obligaciones en relación con las existencias mínimas cuando no tenga consideración de infracción grave o muy grave.
b) Demora injustificada superior a 15 días en la constitución del umbral mínimo de existencias mínimas de productos sanitarios.