Artículo 14. Planificación.
Artículo 14 de la Ley 8/2019, de 19 de febrero, de residuos y suelos contaminados de las Illes Balears. · BOE-A-2019-5577
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2019-02-22.
Texto consolidado
La planificación de residuos en las Illes Balears se concreta en los siguientes planes:
a) Los planes directores sectoriales de prevención y gestión de residuos no peligrosos, de competencia de los consejos insulares.
b) El plan director sectorial de prevención y gestión de residuos peligrosos, de competencia del Gobierno y de la administración autonómica de las Illes Balears.
c) Los programas locales de prevención y gestión de los residuos, si procede, en el marco de sus competencias.