Artículo 14. Seguimiento del Plan Andaluz de Acción por el Clima.
Artículo 14 de la Ley 8/2018, de 8 de octubre, de medidas frente al cambio climático y para la transición hacia un nuevo modelo energético en Andalucía. · BOE-A-2018-15238
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2019-01-15.
Texto consolidado
1. Las Consejerías de la Junta de Andalucía presentarán anualmente a la Consejería competente en materia de cambio climático un informe sobre las iniciativas adoptadas en desarrollo del Plan Andaluz de Acción por el Clima en el ámbito de sus competencias, que servirá de base para la elaboración de la memoria a que se refiere el apartado siguiente.
2. La persona titular de la Consejería competente en materia de cambio climático presentará anualmente al Consejo de Gobierno y ante el Parlamento de Andalucía una memoria sobre el grado de desarrollo y cumplimiento del Plan Andaluz de Acción por el Clima y sus programas. Dicha memoria será pública.
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