El Vínculo El Vínculo.
Ley Vigente

Artículo 14. De las Vicepresidencias.

Artículo 14 de la Ley 8/2018, de 11 de diciembre, del Consejo Económico y Social de Cantabria. · BOE-A-2019-399

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2019-07-01.

Texto consolidado

1. El Pleno elegirá, por mayoría absoluta y de entre sus miembros, a cuatro Vicepresidencias, una por cada grupo de los definidos en el artículo 2.

2. Las personas que desempeñen las Vicepresidencias sustituirán a la que ostente la Presidencia en los supuestos de vacante, ausencia, enfermedad u otra causa legal, según se establezca en el Reglamento Interno. Asimismo, podrán ejercer las funciones que expresamente la Presidencia le delegue.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2019-07-01.

Más artículos de Ley 8/2018

En El Vínculo puedes leer Ley 8/2018 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.