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Ley Vigente

Artículo 14. Sistema de Información Poblacional.

Artículo 14 de la Ley 7/2019, de 29 de marzo, de Salud. · BOE-A-2019-7841

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2019-05-01.

Texto consolidado

1. Se establece un Sistema de Información Poblacional, como registro en el que figurarán los datos administrativos de todas las personas contempladas en el artículo anterior, con respeto a las garantías exigidas por la legislación de protección de datos.

2. El Sistema de Información Poblacional reflejará la modalidad de acreditación del derecho a la asistencia sanitaria y la asignación de médico y centro sanitario de Atención Primaria.

3. Toda persona registrada en el Sistema de Información Poblacional tendrá asignado un único Código de Identificación Personal (CIP), denominado CIP autonómico, de carácter exclusivo.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2019-05-01.

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