Artículo 14. Responsabilidad de las asociaciones inscritas.
Artículo 14 de la Ley 7/2007, de 22 de junio, de Asociaciones de Euskadi. · BOE-A-2011-16287
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2007-07-13.
Texto consolidado
1. Las asociaciones inscritas responden directamente por sus obligaciones, con todos sus bienes presentes y futuros.
2. Las personas asociadas no responden personalmente por las obligaciones de una asociación inscrita, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 18 de la presente ley.