Artículo 14. Incentivos a la inversión turística.
Artículo 14 de la Ley 5/2025, de 30 de septiembre, de volcanes de Canarias. · BOE-A-2025-24844
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2025-10-14.
Texto consolidado
El Gobierno de Canarias pondrá en marcha un plan de incentivos a la inversión turística, tanto pública como privada, que incluirá medidas destinadas a la construcción de infraestructuras de alojamiento, de creación de producto turístico o de servicios asociados al sector turístico, si se determinara que son imprescindibles para la reactivación de dicho sector tras la aplicación de otras medidas destinadas a que el mismo alcance los niveles de negocio anteriores a la erupción volcánica. Se incluirán, asimismo, medidas en materia de apoyo a la hostelería y la gastronomía de la isla, así como a las empresas de servicios turísticos especializados y a las de transporte asociado al sector turístico, especialmente del sector del taxi.