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Ley Vigente

Artículo 14. Gestión del impuesto.

Artículo 14 de la Ley 4/2020, de 15 de octubre, del Impuesto sobre Determinados Servicios Digitales. · BOE-A-2020-12355

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2021-01-16.

Texto consolidado

El período de liquidación coincidirá con el trimestre natural.

Los contribuyentes deberán presentar las autoliquidaciones correspondientes e ingresar la deuda tributaria en el lugar, forma y plazos que se establezca por orden de la persona titular del Ministerio de Hacienda.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2021-01-16.

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