Artículo 14. Movimiento asociativo y organizaciones de mujeres.
Artículo 14 de la Ley 4/2018, de 8 de octubre, para una Sociedad Libre de Violencia de Género en Castilla-La Mancha. · BOE-A-2018-17065
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2018-11-15.
Texto consolidado
La Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha promocionará e impulsará la participación de las asociaciones de mujeres y organizaciones feministas en el diseño y difusión de los planes estratégicos para la erradicación de la violencia de género, de las campañas de sensibilización e información, así como de las actividades que desarrollen con las propias víctimas.