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Ley Vigente

Artículo 14. Licencias.

Artículo 14 de la Ley 4/2015, de 25 de marzo, de Comercio de Aragón. · BOE-A-2015-5328

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2015-04-11.

Texto consolidado

Las licencias para la apertura de los establecimientos comerciales serán concedidas por el Ayuntamiento con arreglo a la normativa vigente.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2015-04-11.

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