Artículo 14. Presupuesto.
Artículo 14 de la Ley 4/2006, de 19 de abril, del Instituto de Estudios Riojanos. · BOE-A-2006-8718
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2006-04-26.
Texto consolidado
1. La estructura del presupuesto del Instituto de Estudios Riojanos, en cuanto a la clasificación de los ingresos y de los gastos y el grado de detalle de los mismos, habrá de adecuarse a las normas y reglas establecidas para los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de La Rioja, de los que formará parte.
2. El procedimiento de elaboración del presupuesto anual del Instituto de Estudios Riojanos, aprobación, ejecución, liquidación y demás cuestiones referentes al mismo se regirá por las disposiciones vigentes en materia presupuestaria para la Administración de la Comunidad Autónoma de La Rioja.