Artículo 14. Nombramiento y cese.
Artículo 14 de la Ley 3/2005, de 8 de julio, del Servicio Público de Empleo. · BOE-A-2005-15160
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2005-10-18.
Texto consolidado
1. El Director Gerente del Sepepa se nombrará, atendiendo a criterios de competencia profesional y experiencia en la materia, y separará por Decreto del Consejo de Gobierno del Principado de Asturias, a propuesta del Consejo Rector.
2. El cargo del Director Gerente del Sepepa estará asimilado a todos los efectos al de Director General de la Administración del Principado de Asturias.