Artículo 14. Informe anual de publicidad y comunicación.
Artículo 14 de la Ley 29/2005, de 29 de diciembre, de Publicidad y Comunicación Institucional. · BOE-A-2005-21524
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2006-01-19.
Texto consolidado
El Gobierno elaborará un informe anual de publicidad y de comunicación en el que se incluirán todas las campañas institucionales previstas en esta Ley, su importe, los adjudicatarios de los contratos celebrados y, en el caso de las campañas publicitarias, los planes de medios correspondientes.
Este informe se remitirá a las Cortes Generales en el primer periodo de sesiones de cada año y será puesto a disposición de todas las organizaciones profesionales del sector.