Artículo 14. La educación y la sensibilización sociales para el desarrollo.
Artículo 14 de la Ley 26/2001, de 31 de diciembre, de Cooperación al Desarrollo. · BOE-A-2002-2512
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2002-01-31.
Texto consolidado
1. La educación y la sensibilización sociales para el desarrollo comprenden la realización de acciones, programas y proyectos orientados a alcanzar las finalidades establecidas por el artículo 4.
2. Los programas y los proyectos de educación y sensibilización consisten en campañas de difusión y apoyo, programas de formación, sistemas de información y otras acciones que sirvan para mejorar el compromiso y las capacidades nacionales para el desarrollo.