El Vínculo El Vínculo.
Ley Vigente

Artículo 14. Pólizas de seguros.

Artículo 14 de la Ley 20/1998, de 27 de noviembre, de Ordenación y Coordinación de los Transportes Urbanos de la Comunidad de Madrid. · BOE-A-1999-11711

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1998-12-04.

Texto consolidado

Los operadores del transporte público urbano deben tener contratada la correspondiente póliza de seguros que cubra todas la responsabilidades derivadas de la prestación del servicio público de la utilización de sus vehículos, de acuerdo con la normativa aplicable en esta materia.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1998-12-04.

Más artículos de Ley 20/1998

En El Vínculo puedes leer Ley 20/1998 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.