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Ley Vigente

Artículo 14. Actividad física y deporte en el ámbito laboral.

Artículo 14 de la Ley 16/2018, de 4 de diciembre, de la actividad física y el deporte de Aragón. · BOE-A-2019-993

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2018-12-20.

Texto consolidado

1. Las Administraciones públicas aragonesas competentes en materia de deporte y trabajo adoptarán medidas dirigidas a la implantación de programas para la práctica habitual de actividad física y deporte en el ámbito laboral, como complemento para la mejora de las condiciones de salud de los trabajadores.

2. Las empresas y los trabajadores por cuenta propia o ajena podrán agruparse en una Asociación Aragonesa del Deporte Laboral, que será inscribible en el Registro de Entidades Deportivas de Aragón.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2018-12-20.

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