Artículo 14. Reclamaciones y recursos.
Artículo 14 de la Ley 13/1991, de 9 de diciembre, de tasas, precios y exacciones reguladoras de la Comunidad Autónoma de Galicia. · BOE-A-1992-174
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1991-12-14.
Texto consolidado
Contra los actos de gestión se podrá recurrir en la vía económico-administrativa ante el Tribunal Económico-Administrativo de Galicia, sin perjuicio del derecho a interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el órgano que dictó el acto. La resolución de las reclamaciones económico-administrativas agotará la vía administrativa y podrá ser, en todo caso, objeto de recurso contencioso-administrativo.