Artículo 14. Compatibilidad de la actividad voluntaria.
Artículo 14 de la Ley 12/2019, de 11 de octubre, del Voluntariado de Extremadura. · BOE-A-2019-15519
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2019-10-16.
Texto consolidado
1. Las personas trabajadoras por cuenta ajena y el personal al servicio de la Administración Pública de Extremadura, con independencia de las funciones a realizar, solo podrán realizar actividades de voluntariado fuera de la jornada laboral.
2. La condición de persona trabajadora por cuenta ajena es compatible con la del voluntariado en la misma entidad de voluntariado en las condiciones que se establezcan en el acuerdo de incorporación, con el mismo límite que en el supuesto anterior.
3. Las personas voluntarias podrán tener la condición de socio o socia en la entidad de voluntariado en la que estén integradas y participar en los órganos de gobierno de la misma de conformidad con sus estatutos.