Artículo 14
Artículo 14 del Instrumento de Adhesión de España al Convenio Europeo para la protección del patrimonio arqueológico, hecho en Londres el 6 de mayo de 1969. · BOE-A-1975-14343
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1975-06-01.
Texto consolidado
El Secretario general del Consejo de Europa notificará a los Estados miembros del Consejo y a cualquier Estado que se haya adherido al presente Convenio:
a) cualquier firma;
b) el depósito de cualquier instrumento de ratificación, de aceptación o de adhesión,
c) cualquier fecha de entrada en vigor del presente Convenio conforme a su artículo 10;
d) cualquier declaración recibida en aplicación de las disposiciones de los párrafos 2 y 3 del artículo 12;
e) cualquier notificación recibida en aplicación de las disposiciones del artículo 13 y la fecha en que surtirá efecto la denuncia.