Artículo 14. Ordenación de los recursos humanos en los departamentos, órganos y organismos responsables de la gestión de los proyectos financiados con cargo a los fondos de los Planes «Next Generation EU».
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2021-04-02.
Texto consolidado
1. La Orden conjunta de la Consejerías de Administraciones Públicas, Justicia y Seguridad y de Hacienda, Presupuestos y Asuntos Europeos prevista en el artículo anterior contemplará los puestos de trabajo y perfiles profesionales de las unidades administrativas responsables de la gestión de los proyectos financiados con fondos «Next Generation EU».
Asimismo, establecerá la creación o modificación de puestos de trabajo cuyas funciones estén directamente relacionadas con la gestión de proyectos financiados con fondos «Next Generation EU», de acuerdo con lo establecido en el instrumento de planificación estratégica para la gestión aprobado. El nivel de los puestos de trabajo de estas unidades será el establecido con carácter general.
2. Sin perjuicio de la prioridad en la redistribución y el aprovechamiento de los recursos existentes, la provisión de los puestos de trabajo también contemplará los restantes modos de provisión contemplados en la normativa en materia de función pública.
3. Los puestos de trabajo provenientes de la relación de puestos de trabajo del departamento u organismo afectado con los que se dote esta unidad serán reasignados a su unidad de origen una vez se cumpla este plazo.
4. La Dirección General de la Función Pública dictará las instrucciones pertinentes con el fin de procurar una tramitación ágil y preferente en la provisión de los puestos de trabajo de las unidades administrativas responsables de la gestión de los proyectos financiados con cargo a los fondos de «Next Generation EU».
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