Artículo 14. Centros de trabajo de sociedades mercantiles autonómicas.
Artículo 14 del Decreto-ley 4/2020, de 24 de junio, del Gobierno de Aragón, por el que se adoptan medidas urgentes y extraordinarias para el impulso de la Estrategia Aragonesa para la Recuperación Social y Económica. · BOA-d-2020-90247
Atención: Decreto-ley 4/2020 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
En relación con las medidas de reincorporación progresiva de forma presencial al puesto de trabajo y el uso del teletrabajo reguladas en el artículo 7 del Real Decreto-ley 21/2020, de 9 de junio, las sociedades mercantiles autonómicas integradas en la Corporación Empresarial Pública de Aragón no podrán negociar medidas de ámbito laboral ni asumir reivindicaciones que pudieran comprometer al resto de las empresas dependientes de la citada sociedad matriz sin su previa autorización y siempre de acuerdo con lo establecido en la Ley 10/2019, de 30 de diciembre, de Presupuestos de la Comunidad Autónoma para el ejercicio 2020.