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Decreto-ley Derogada

Artículo 14. Integración del personal laboral de Andalucía Emprende, Fundación Pública Andaluza.

Artículo 14 del Decreto-ley 16/2021, de 3 de agosto, por el que se crean la Agencia Empresarial para la Transformación y el Desarrollo Económico (TRADE) y la Agencia para la Calidad Científica y Universitaria de Andalucía (ACCUA). · BOJA-b-2021-90321

Atención: Decreto-ley 16/2021 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

1. Una vez se produzca la extinción y cesión global de activos y pasivos a la que se refiere el artículo 4, el personal laboral de Andalucía Emprende, Fundación Pública Andaluza, se integrará en la Agencia Empresarial para la Transformación y el Desarrollo Económico (TRADE) en los términos establecidos para la sucesión de empresas. Dicho personal, al quedar integrado en la Agencia Empresarial para la Transformación y el Desarrollo Económico (TRADE), tendrá la consideración de personal laboral de dicha agencia pública empresarial.

2. El acceso, en su caso, del personal laboral procedente de Andalucía Emprende, Fundación Pública Andaluza, a la condición de personal funcionario o laboral de la Administración de la Junta de Andalucía, solo podrá efectuarse mediante la participación en las correspondientes pruebas selectivas de acceso libre, convocadas en ejecución de las ofertas de empleo público. Todo ello, sin perjuicio del proceso de reordenación previsto en la disposición transitoria primera.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2021-08-11.

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