Artículo 14.
Artículo 14 del Convenio número 100 de la O.I.T. relativo a la igualdad de remuneración entre la mano de obra masculina y la mano de obra femenina por un trabajo de igual valor. · BOE-A-1968-1409
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1968-11-06.
Texto consolidado
Las versiones inglesa y francesa del texto de este Convenio son igualmente auténticas.