Artículo 14 bis. Premio Extraordinario.
Artículo 14 bis del Real Decreto 99/2011, de 28 de enero, por el que se regulan las enseñanzas oficiales de doctorado. · BOE-A-2011-2541
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2023-07-19.
Texto consolidado
Las universidades podrán conceder Premio Extraordinario de Doctorado a aquellas tesis que resulten especialmente meritorias y que hayan obtenido la calificación máxima, con una propuesta de Premio Extraordinario por cada diez tesis doctorales defendidas o fracción.