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Real Decreto Vigente 2 redacciones

Artículo 139. Contrato marco entre depositario y SGIIC que gestione más de una IIC.

Artículo 139 del Real Decreto 1082/2012, de 13 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley 35/2003, de 4 de noviembre, de instituciones de inversión colectiva. · BOE-A-2012-9716

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2015-02-15.

Texto consolidado

En el caso de que la sociedad de gestión gestione más de una IIC, el acuerdo previsto en el artículo anterior podrá cubrir más de una de estas IIC. En este caso, el acuerdo contendrá la lista de las IIC que queden cubiertas.

El depositario y la SGIIC o IIC, podrán optar por incluir los detalles de los medios y procedimientos que contempla el artículo 138.1.c) y d) en el contrato a que se refiere dicho aparatado o en un contrato escrito separado.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2015-02-15.

Redacciones de este artículo

Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-2015-1454.

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