Artículo 138. Reglas para la ejecución de las medidas y traslado, en su caso, del menor a un centro.
Artículo 138 de la Ley 12/2008, de 3 de julio, de protección integral de la infancia y la adolescencia de la Comunitat Valenciana. · BOE-A-2008-14050
Atención: Ley 12/2008 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
Las medidas judiciales se ejecutarán conforme a lo dispuesto en la Ley Orgánica 5/2000, de 12 de enero, Reguladora de la Responsabilidad Penal de los Menores, su reglamento de ejecución y la demás normativa que modifique o desarrolle dicha legislación.