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Ley Foral Derogada 5 redacciones

Artículo 137. Bases y tipos.

Artículo 137 de la Ley Foral 7/2001, de 27 de marzo, de Tasas y Precios Públicos de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y de sus Organismos Autónomos. · BOE-A-2001-9285

Atención: Ley Foral 7/2001 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

La tasa se exigirá según las bases y tipos que se detallan en las siguientes tarifas:

Euros

TARIFA 1

Inscripción en Registros y expedición de carnés de usuarios profesionales de productos fitosanitarios:

1. Por inscripción en los siguientes registros:

– Registro Oficial de Establecimientos y Servicios Plaguicidas.

– Registro Oficial de Productores y Operadores de medios de defensa fitosanitaria (ROPO). Sectores suministrador y de tratamientos.

– Registro de Productores, comerciantes e importadores de semillas y plantas de vivero.

– Registro Oficial de Fabricantes de Productos Fertilizantes y Sustratos de cultivo.

24,00

2. Por renovación de la inscripción en los registros de:

– Registro Oficial de Establecimientos y Servicios Plaguicidas.

– Registro Oficial de Productores y Operadores de medios de defensa fitosanitaria (ROPO). Sectores suministrador y de tratamientos.

– Registro de Productores, comerciantes e importadores de semillas y plantas de vivero.

14,00

3. Por Inscripción en el sector de asesoramiento del Registro Oficial de Productores y Operadores de medios de defensa fitosanitaria (ROPO).

12,00

4. Por expedición de carnés de usuario de productos fitosanitarios e inscripción en el ROPO (sector de uso profesional).

10,00

TARIFA 2

Por inscripción en los registros de maquinaria agrícola y expedición de la cartilla de circulación para tractores, motores y otra maquinaría agrícola, importadas o de fabricación nacional, nuevas o reconstruidas.

2 por 1.000 del precio según factura del vendedor a partir de 1.803 euros

Se modifica, con efectos de 1 de enero de 2007, por el art. 6.12 de la Ley Foral 18/2006, de 27 de diciembre. Ref. BOE-A-2007-2208

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2019-01-01.

Redacciones de este artículo

Este precepto ha tenido 5 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-2019-752.

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