Artículo 137. Análisis individualizados.
Artículo 137 de la Ley 6/2003, de 4 de marzo, de ganadería de la Comunidad Valenciana. · BOE-A-2003-6806
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2003-03-27.
Texto consolidado
No obstante lo dispuesto en el artículo anterior, el titular de la explotación podrá optar, alternativamente al sacrificio de todos los animales, por la realización, a su cargo, bajo el control de los servicios veterinarios oficiales, de una toma de muestras de todos los animales de la explotación no analizados en el muestreo previo, con el objeto de excluir individualmente del sacrificio y destrucción aquellos animales que no presenten restos de productos y sustancias nocivas para la salud pública.