Artículo 137.
Artículo 137 de la Ley 5/1997, de 22 de julio, de Administración Local de Galicia. · BOE-A-1997-21040
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1997-11-06.
Texto consolidado
La iniciativa para la constitución de una mancomunidad podrá partir de uno o varios de los municipios interesados.