Artículo 136. Tipo autonómico de devolución del gasóleo de uso profesional del impuesto sobre hidrocarburos.
Artículo 136 de la Ley 2/2014, de 27 de enero, de medidas fiscales, administrativas, financieras y del sector público. · BOE-A-2014-2999
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2014-01-31.
Texto consolidado
El tipo autonómico de devolución del gasóleo de uso profesional del impuesto sobre hidrocarburos, regulado por el artículo 52 bis.6.a de la Ley del Estado 38/1992, de 28 de diciembre, de impuestos especiales, es de 48 euros por 1.000 litros.
Redactado conforme a la corrección de errores publicada en el DOGC núm. 6576, de 6 de marzo de 2014. Ref. DOGC-f-2014-90532