Artículo 135. Subordinación de los actos de adquisición y disposición de inmuebles a la ejecución de planes y programas.
Artículo 135 de la Ley 11/2005, de 19 de octubre, de Patrimonio de la Comunidad Autónoma de La Rioja. · BOE-A-2005-18493
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2005-12-25.
Texto consolidado
No se podrán concertar o autorizar actos de adquisición y disposición sobre inmuebles para uso administrativo, cualquiera que sea el título, en tanto no se ejecuten los planes y programas que se aprueben para el sector o territorio incluido en ellos, salvo que concurran razones de urgente necesidad, apreciadas por el Órgano Superior de Planificación y Dirección Patrimonial con informe de la Comisión Coordinadora de Edificios Administrativos.
Más artículos de Ley 11/2005
- ← Artículo 134. Facultades del Órgano Superior de Gestión Patrimonial de los Edificios Administrativos.
- → Artículo 136. Programación de actuaciones de adquisición o modificación de superficies en inmuebles para uso adminis…
- Ver la norma completa: Ley 11/2005, de 19 de octubre, de Patrimonio de la Comunidad Autónoma de La Rioja.