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Ley Vigente

Artículo 134. Adición de una disposición adicional a la Ley 14/2010.

Artículo 134 de la Ley 10/2011, de 29 de diciembre, de simplificación y mejora de la regulación normativa. · BOE-A-2012-547

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2011-12-31.

Texto consolidado

Se añade una disposición adicional, la octava, a la Ley 14/2010, con el siguiente texto:

«Octava. Procedimientos de valoración de personas o familias solicitantes de acogimiento familiar o de adopción.

1. El procedimiento de formación y valoración psicosocial de las personas o las familias que se ofrecen a acoger un niño debe llevarse a cabo de acuerdo con lo establecido por reglamento, y tiene una duración máxima de seis meses. Una vez transcurrido el plazo sin que se haya notificado la resolución, se entiende que la solicitud ha sido desestimada.

2. El procedimiento de formación y valoración psicosocial de las personas o de las familias que se ofrecen a adoptar un niño debe llevarse a cabo de acuerdo con lo establecido por reglamento, y tiene una duración máxima de ocho meses. Una vez transcurrido el plazo sin que se haya notificado la resolución, se entiende que la solicitud ha sido desestimada.»

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2011-12-31.

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