Artículo 133. Tarifa.
Artículo 133 de la Ley Foral 7/2001, de 27 de marzo, de Tasas y Precios Públicos de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y de sus Organismos Autónomos. · BOE-A-2001-9285
Atención: Ley Foral 7/2001 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
La tasa se exigirá de acuerdo con la siguiente tarifa:
Por Certificado de distancias entre dos puntos de la Red de Carreteras de Navarra: 9.983 pesetas (60 euros).