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Ley Derogada

Artículo 133.

Artículo 133 de la Ley 3/1992, de 1 de julio, del Derecho Civil Foral del País Vasco. · BOE-A-2012-2257

Atención: Ley 3/1992 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

1. La vecindad civil determinará la aplicación del Fuero de Ayala.

2. A efectos de la aplicación del Fuero de Ayala, la determinación de la vecindad civil se regirá por el Derecho común.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1992-11-07.

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