Artículo 132. Competencias de los Municipios.
Artículo 132 de la Ley 5/1999, de 8 de abril, de Urbanismo de Castilla y León. · BOE-A-1999-12599
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2008-09-19.
Texto consolidado
1. La actividad urbanística pública corresponde a los Municipios, sin perjuicio de las competencias que estuvieran expresamente atribuidas a otras Administraciones públicas en esta Ley o en las demás que resulten aplicables.
Se derogan los apartados 2 y 3 por la disposición derogatoria.a) de la Ley 4/2008, de 15 de septiembre. Ref. BOE-A-2008-16156.
Redacciones de este artículo
Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-2008-16156.