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Real Decreto Vigente

Artículo 131. Extinción definitiva del crédito incobrable.

Artículo 131 del Real Decreto 1415/2004, de 11 de junio, por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social. · BOE-A-2004-11836

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2004-06-26.

Texto consolidado

Se extinguirá definitivamente la acción administrativa de cobro de aquellos créditos calificados incobrables que no hubieran sido objeto de rehabilitación en el plazo de prescripción.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2004-06-26.

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