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Real Decreto Derogada

Artículo 131. Reglamento de régimen interior.

Artículo 131 del Real Decreto 1239/2011, de 8 de septiembre, por el que se aprueban los Estatutos de la Universidad Nacional de Educación a Distancia. · BOE-A-2011-14987

Atención: Real Decreto 1239/2011 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

1. La organización académica y los órganos de representación, gobierno y administración de los Centros Asociados se establecerán en un reglamento de régimen interior, ajustado a las directrices fijadas por el Consejo de Gobierno, en el que necesariamente se regularán:

a) El Claustro, el Consejo de centro, el Director y el Secretario.

b) El régimen de vinculación de los profesores tutores con el ente jurídico titular del centro asociado.

c) Las funciones del Director y del Secretario.

d) La selección, organización y funciones del personal de administración y servicios.

e) La forma de designación de los órganos unipersonales y de los miembros de los órganos colegiados.

2. El reglamento de régimen interior del centro será elaborado por el máximo órgano de gobierno y representación del Centro, y deberá someterse a la aprobación del Consejo de Gobierno de la Universidad.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2011-09-23.

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